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ESTATUTOS
OBRAS
MISIONALES PONTIFICIAS
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Congregación
para la Evangelización de los Pueblos
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En el 40º Aniversario del Decreto sobre la actividad misionera de la
Iglesia AD
GENTES,
y celebrando el 15º Aniversario de la Carta Encíclica REDEMPTORIS
MISSIO
del Sumo Pontífice Juan Pablo
II sobre la permanente validez del mandato misionero, es para mí un grato deber
presentar el
ESTATUTO
de
las
OBRAS
MISIONALES PONTIFICIAS
Tras
la aprobación definitiva de los ESTATUTOS
de las Obras Misionales
Pontificias (OMP), realizada por Su Santidad Juan Pablo II el 26 de junio de
1980, la siguiente puesta al día, que debería realizarse “cada cinco años”,
se ha demorado cinco lustros.
En este periodo, secundando las disposiciones del Sumo Pontífice, se
realizaron diversos estudios por parte de expertos de la Congregación para la
Evangelización de los Pueblos (CEP) y se organizaron trabajos de algunas
comisiones de misionólogos y de Directores nacionales de las OMP.
Fueron varios los factores que contribuyeron a alargar este periodo de
puesta al día: el nuevo Código de Derecho Canónico (25 de enero de 1983); la
Carta Encíclica Redemptoris Missio (7 de diciembre de 1990); la publicación de
la Instrucción de la CEP Cooperatio Missionalis (1 de octubre de 1998), que
ofrecía nuevas estructuras de trabajo; los acelerados cambios de las
condiciones socio-políticas y religiosas en los Territorios de Misión, así
como la directa implicación de las Iglesias y el laicado en el campo misionero.
En este nuevo contexto, en permanente renovación, las OMP han visto
reafirmada su posición en la Iglesia según las disposiciones del Concilio
Vaticano II: «Estas Obras deben ocupar con todo derecho el primer lugar...” (AG
38), mantener la fe en el propio carisma de animación y cooperación misionera
en todos los ámbitos y condiciones eclesiales: “La consigna ha de ser ésta:
todas las Iglesias para la conversión de todo el mundo” (RM 84). “Por ser
del Papa y del Colegio Episcopal [...], estas Obras dependen, en el ejercicio de
sus actividades, de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos en
el ámbito universal, y de las Conferencias Episcopales y de los Obispos de cada
Iglesia particular en el ámbito local, colaborando con los centros de
animación existentes: ellas llevan al mundo católico el espíritu de
universalidad y de servicio a la misión, sin el cual no existe auténtica
cooperación” (RM 84).
Era por ello un deber prioritario concluir la redacción de este ESTATUTO:
una tarea que ha durado tres años y ha conocido el arduo trabajo de los
Directores Nacionales en dos Asambleas Generales Anuales (2003; 2004), así como
la colaboración de Obispos y Directores Nacionales en representación de los
cinco Continentes en otras tantas Asambleas especiales. Debido a la extensión
final del documento, ha parecido mejor estructurarlo en dos partes: I Historia y
Doctrina; II Normas.
Tras un detenido examen y la aprobación por parte de la Plenaria de los
Eminentísimos y Excelentísimos Miembros de la CEP, el texto del ESTATUTO,
en cumplimiento del deseo de Su Santidad Juan Pablo II, ha sido firmado por mí
con ocasión de la Asamblea Anual de las OMP, que excepcionalmente tuvo lugar en
Lyon con ocasión de la reapertura de la renovada Casa de Pauline Marie Jaricot,
el 6 de mayo de 2005.
Que estas normas puestas al día contribuyan a dar un nuevo impulso a cuantos
trabajan, con especial dedicación, a la animación y a la cooperación
misionera en la Iglesia.
Este ESTATUTO
entrará en vigor el 26 de junio
de 2005, 25º Aniversario de su aprobación definitiva por Juan Pablo II.
En la Sede de la CEP, 2 de junio de 2005, Año I del Pontificado de Su Santidad
Benedicto XVI.
Cardenal
Crescenzio SEPE
Prefecto
Henryk
Hoser SAC
Secretario
Adjunto
Presidente
OMP
Í
N D
I C E
I.-
HISTORIA Y DOCTRINA
*
Fundamentos
de la misión “ad gentes”
*
Actualidad
de la misión “ad gentes”
*
De
la misión de la Iglesia a la cooperación misionera de todos los bautizados
*
Origen
de las Obras Misionales Pontificias
*
Las
Obras Misionales Pontificias en el renovado contexto eclesial y social
*
Naturaleza
e importancia de las Obras Misionales Pontificias
*
Carácter
pontificio, episcopal y autónomo de las Obras Misionales Pontificias
*
Objetivo
propio de las Obras Misionales Pontificias
*
Los
Fondos Universales de Solidaridad
*
Instrumentos
y medio de la cooperación misionera de las OMP
II.-
NORMAS
TÍTULO
I - LAS OBRAS MISIONALES PONTIFICIAS
Capítulo
1 (Artículos 1-5)
Las
Obras Misionales Pontificias
Capítulo
2 (Artículos 6-22)
Las
cuatro Obras Misionales Pontificias
TITULO
II - GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Capítulo
1 (Artículos 23-45)
Gobierno
Central
Capítulo
2 (Artículos 46-49)
Reuniones
regionales y continentales
Capítulo
3 (Artículos 50-60)
Direcciones
Nacionales y Diocesanas
Capítulo
4 (Artículos 61-64)
Las
ofrendas de los fieles a las OMP
OBRAS
MISIONALES
PONTIFICIAS
ESTATUTO
I.
HISTORIA Y DOCTRINA
Fundamento de la misión “ad gentes”
1. “La Iglesia peregrinante es, por su propia naturaleza, misionera, puesto
que tiene su origen en la misión del Hijo y la misión del Espíritu Santo
según el plan de Dios Padre”[1].
Así entendido, el compromiso misionero es esencial para la comunidad cristiana.
A través de ese compromiso, los cristianos son formados para la misión y se
confiere a cada uno la dinámica espiritual del bautismo, que les lleva a vivir
en comunión en torno a Cristo y a participar de su misión[2].
La misión, en cuanto obra de Dios en la historia humana, no es un mero
instrumento sino un acontecimiento que sitúa a todos a disposición del
Evangelio y del Espíritu Santo.
2. La misión deberá tener siempre como fundamento, centro y vértice de toda
su actividad, la inequívoca proclamación de que sólo en Jesucristo “se
ofrece la salvación a todos los hombres, como don de la gracia y de la
misericordia de Dios mismo”[3].
3. El compromiso misionero de la Iglesia se realiza con el testimonio de su
vida, con el anuncio del Evangelio, la creación de las Iglesias locales y su
tarea de inculturación, el diálogo inter-religioso, la formación de las
conciencias para actuar según los criterios de la doctrina social cristiana, la
proximidad a los más alejados y el concreto servicio de la caridad.
Actualidad de la misión “ad
gentes”
4. Reconociendo la urgencia de la misión, el Papa Juan Pablo II proclamó la
actualidad de la misión “ad gentes” y señaló proféticamente los frutos:
«Veo amanecer una nueva época misionera, que llegará a ser un día radiante y
rica en frutos, si todos los cristianos y, en particular, los misioneros y las
Iglesias jóvenes responden con generosidad y santidad a las solicitaciones y
desafíos de nuestro tiempo»[4].
Los hechos confirman hasta qué punto es verdad que «la fe se fortalece
dándola»[5].
«Se han multiplicado las Iglesias locales provistas de Obispo, clero y personal
apostólico propios; se va logrando una inserción más profunda de las
comunidades cristianas en la vida de los pueblos; la comunión entre las
Iglesias lleva a un intercambio eficaz de bienes y dones espirituales; la labor
evangelizadora de los laicos está cambiando la vida eclesial; las Iglesias
particulares se muestran abiertas al encuentro, al diálogo y a la colaboración
con los miembros de otras Iglesias cristianas y de otras religiones. Sobre todo,
se está afianzando una conciencia nueva: la misión atañe a todos los
cristianos, a todas las diócesis y parroquias, a las instituciones y
asociaciones eclesiales»[6].
La convicción de que «la misión de la Iglesia es más amplia que la
«comunión entre las Iglesias»[7],
debe dar a dicha comunión una específica índole misionera.
5. Estos resultados positivos son mucho más valiosos porque han madurado en un
contexto en el que nuevas dificultades han venido a sumarse a las antiguas:
desde una más extendida mentalidad secularizada, hasta los interrogantes sobre
el valor salvífico de las religiones no cristianas; desde un malentendido
respeto a las conciencias que considera superflua la conversión, hasta un
compromiso entendido como búsqueda exclusiva de promoción humana. La
complejidad de las categorías geográficas, culturales y sociales, propia de la
globalización, requiere atención a los «nuevos ambientes donde debe
proclamarse el Evangelio»[8].
Así, por ejemplo, los grandes núcleos urbanos, las situaciones nuevas y
crecientes de pobreza, las migraciones, los jóvenes, el mundo de la cultura y
de la investigación, los medios de comunicación social y las relaciones
internacionales[9].
De la misión de la Iglesia a la
cooperación misionera de todos los bautizados
6. El envío de la Iglesia ad gentes implica la colaboración de todos los
creyentes: «Como el Padre me envió, también yo os envío»[10].
«La participación de las comunidades eclesiales y de cada fiel en la
realización de este plan divino recibe el nombre de cooperación misionera»[11].
Por esto la Iglesia contempla con satisfacción que, junto con las
Congregaciones y los Institutos tradicionalmente dedicados a la misión ad
gentes, estén surgiendo hoy nuevas formas de promoción de la evangelización y
nuevos agentes misioneros: sacerdotes diocesanos y otros clérigos, laicos,
asociaciones de voluntarios y de familias, prestaciones de servicios
profesionales, fraternidades, intercambios de personas y de experiencias
pastorales.
7. Todos estos nuevos sujetos han de ser apoyados y «a nadie se ha de impedir
realizar este intercambio de caridad eclesial y dinamismo misionero»[12]. De lo que se trata es de
ubicarlos en un marco de comunión y de fraternidad, del que es garante
la Iglesia en la que trabajan o se insertan. De su comunión en la diversidad
nace no sólo la mejor colaboración recíproca, sino una verdadera fraternidad
eclesial, que es contenido genuino y fundamental de la misión. Pertenecen a
esta nueva sensibilidad también las iniciativas encaminadas a la información
sobre los problemas misioneros y las dedicadas a la formación de una más
coherente mentalidad y praxis de vida de las personas y la comunidad.
8. Para favorecer, apoyar y coordinar la comunión entre todos los agentes
misioneros, han surgido diversos organismos eclesiales: comisiones y
secretariados promovidos por las Conferencias episcopales, instrumentos de
coordinación entre los Institutos misioneros, fundaciones científicas de
estudio y profundización, organizaciones en los lugares de misión. En un
contexto similar, el Concilio Vaticano II no sólo ha reconocido al Colegio
Episcopal la responsabilidad de la misión universal, sino que ha confiado a la
Congregación para la Evangelización de los Pueblos el cometido de «dirigir y
coordinar toda la obra misional y la cooperación misionera»[13].
Para promover esta cooperación, la Congregación «se vale especialmente (praesertim)
de las Obras Misionales Pontificias, es decir, de las denominadas Propagación
de la Fe, San Pedro Apóstol y Santa Infancia, y también de la Pontificia
Unión Misional del clero»[14].
En la tarea de formación y cooperación misionera, por tanto, a las Obras
Misionales Pontificias «debe reservarse con todo derecho el primer lugar»[15]
y «el cometido primario»[16].
Origen de las Obras Misionales Pontificias
9. La gracia de la renovación misionera ha ayudado siempre a la Iglesia a
extender los espacios de la fe y de la caridad hasta los últimos confines de la
tierra. En el contexto rico de piedad del siglo XIX, la senda del anuncio
encontró un nuevo impulso gracias a algunas personas que, urgidas por el amor
de Cristo por la humanidad[17]
y sostenidas por una fuerte
espiritualidad de oración asidua, pudieron vivir la propia dedicación a la
misión como un don de Dios a la Iglesia.
Es importante recordar sus nombres: Pauline Marie Jaricot (1799-1862), que
está en el origen de la Obra de la Propagación de la Fe; Charles Auguste Marie
de Forbin-Janson (1785-1844), Obispo de Nancy, fundador de la Obra de la Santa
Infancia; Jeanne Bigard (1859-1934), que, junto con la madre Stephanie, dio vida
a la Obra de San Pedro Apóstol; el Beato Padre Paolo Manna (1872-1952),
misionero, fundador y animador de la Unión Misionera del Clero.
10. El origen carismático de las Obras Misionales Pontificias aparece con
claridad desde los inicios, en la inspiración de sus fundadores y en la visión
de fe de sus primeros colaboradores. Su presidente declaraba a los responsables
de los diversos grupos misioneros reunidos en Lyon el 3 de mayo de 1822: «Somos
católicos y debemos fundar una obra católica, es decir, universal. No debemos
ayudar a esta o aquella misión, sino a todas las misiones del mundo»[18].
La historia de cada una de las Obras Misionales Pontificias ha confirmado
sucesivamente su origen carismático. Nacidas espontáneamente en el Pueblo de
Dios como iniciativas apostólicas privadas de laicos, han sabido transformar la
adhesión a Cristo de los fieles en viva corresponsabilidad misionera. Surgidas
y aceptadas en las diversas Iglesias, las Obras Misionales Pontificias han ido
adquiriendo carácter supra-nacional y finalmente han sido reconocidas como
Pontificias y puestas en relación directa con la Santa Sede.
Las OMP en el renovado contexto eclesial y
social
11. Entre los cambios que, después del Concilio Vaticano II, han llevado a las
Obras Misionales Pontificias a redefinir su propio lugar, es necesario señalar
el nuevo descubrimiento del protagonismo misionero de las Iglesias particulares
y la entrada en acción de nuevos sujetos de la acción misionera. Además, la
elaboración de un itinerario espiritual y formativo más completo de los laicos
así como la insistencia en el carácter de servicio de las estructuras
eclesiales han contribuido a una mejor cualificación de su propuesta.
Las Obras Misionales Pontificias están en condiciones de responder a la
necesidad, advertida por todo el mundo misionero, de volver a proponer formas
creíbles de animación y cooperación misionera en los nuevos escenarios
madurados con la caída de las viejas ideologías y la aparición del fenómeno
de la globalización[19].
Naturaleza e importancia de las Obras
Misionales Pontificias
12.
Las Obras Misionales Pontificias, don del Espíritu a la Iglesia y fruto del
celo misionero de sus fundadores, han tratado de favorecer la participación de
todos los fieles en la vida apostólica de la Iglesia.
Como instituciones eclesiales han sido confiadas a la dirección de la
Congregación para la Evangelización de los Pueblos, de la que dependen; ésta
asegura la coordinación para una mayor eficacia y efectiva universalidad. Es
necesario que las Obras Misionales Pontificias «estén presentes y actúen en todas las
Iglesias particulares, tanto las de antigua fundación como las jóvenes»[20]
y sean reconocidas como el
organismo oficial[21]
de la cooperación misionera de
todas las Iglesias particulares y de todos los cristianos.
Las Obras Misionales Pontificias ocupan justamente el «primer lugar»[22]
en la cooperación misionera,
porque constituyen un instrumento precioso para «infundir en los católicos,
desde la infancia, un espíritu verdaderamente universal y misionero, y para
recoger eficazmente los subsidios en beneficio de todas las misiones y según
las necesidades de cada una»[23]
Las Obras Misionales Pontificias
son, por tanto, propuestas a todos los cristianos como «instrumentos
privilegiados del Colegio Episcopal unido al Sucesor de Pedro y responsable con
él del Pueblo de Dios, Pueblo que es también, todo él, misionero»[24].
13. Cada Obra concreta el compromiso común de promover el espíritu misionero
en el seno del Pueblo de Dios según el estilo propio de cada una:
La Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe tiene como finalidad
formar una conciencia católica en los fieles, capaz de conjugar una plena
docilidad al Espíritu con el afán apostólico abierto a todo el mundo. Coopera
también a la preparación de específicos animadores misioneros que trabajen en
las Iglesias particulares, en orden a una adecuada participación de éstas en
la misión universal. Prestará una atención particular a la formación
misionera de los jóvenes así como a la dimensión misionera de la familia.
Entre sus frutos más valiosos se encuentra la creación de la Jornada Mundial
de las Misiones[25], propuesta por la Sagrada Congregación de Ritos el 14
de abril de 1926 y fijada para el penúltimo domingo del mes de octubre.
La Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol tiene como objetivo
prioritario mantener la importancia de la apostolicidad en la misión y la
necesidad de que cada Iglesia particular pueda formar, en su propio contexto
espiritual y cultural, el personal religioso propio y, en concreto, a los
ministros ordenados. Su campo de actuación no reside exclusivamente en el
sostenimiento económico, sino que se enraíza en la oración y en la vida
inspirada por la fe.
La Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o Infancia Misionera debe su
nombre al deseo de ponerla bajo la protección de Jesús Niño. Con el
convencimiento de que los niños pueden ser una fuerza espiritual y social para
una verdadera transformación del mundo, intenta suscitar un movimiento de
niños cristianos dedicados a ayudar a otros niños. Mantiene su genuino
carácter misionero e incluye también un compromiso en la denuncia y condena de
las causas de las múltiples violencias sufridas por los niños en el mundo,
aportando concretas iniciativas de ayuda. Este compromiso es tanto más eficaz
cuanto más estrechamente esté unido en la apertura a las Iglesias locales y en
sintonía con las familias, las parroquias y las escuelas.
La Pontificia Unión Misional, anticipando y preparando la posterior enseñanza
del Magisterio sobre la dimensión misionera universal de la vida de los
presbíteros[26],
se propone despertar el celo apostólico entre sus miembros y, a través de
ellos, en todo el pueblo cristiano. Coopera en el incremento de las vocaciones
misioneras y en una mejor distribución del clero, dando valor efectivo a la
cooperación entre las Iglesias. Trabaja para que el Pueblo de Dios adquiera
mayor conciencia del compromiso misionero, y es energía espiritual encaminada a
la conversión del mundo.
14. Ya desde los comienzos, reconociendo que la responsabilidad de la misión
universal incumbe a toda persona bautizada, los laicos han desempeñado un papel
importante en la actividad y en la dirección de las Obras Misionales
Pontificias. La exigencia de la misión invita a relanzar y valorar su
participación en este campo, tanto en el ámbito diocesano, nacional e
internacional.
Carácter pontificio, episcopal y autónomo
de las Obras Misionales Pontificias
15. Las Obras Misionales, una vez que arraigaron con solidez y adquirieron
carácter universal, fueron reconocidas como Pontificias. Este reconocimiento
fue dado a las tres primeras -Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol, Santa
Infancia- por Pío XI el 3 de mayo de 1922, mediante el Motu Proprio Romanorum
Pontificum. La Unión Misional del Clero, a su vez, se convierte en Pontificia
mediante Decreto de Pío XII el 28 de octubre de 1956. El título de
Pontificias, aval de plena eclesialidad, garantiza mejor su universalidad y
aporta una más coherente estructura organizativa.
16. De manera especial, las Obras Misionales Pontificias están a disposición
del Romano Pontífice, Cabeza del Colegio Episcopal y principio y signo de la
unidad y universalidad de la Iglesia. Por razón de su ministerio, el Pastor
Supremo es quien mejor conoce y siente la urgencia y las necesidades de todas y
cada una de las Iglesias. A él le corresponde urgir a los demás Pastores su
responsabilidad misionera universal e invitarles a participar al unísono con
él en el esfuerzo común para la evangelización del mundo[27].
Confiadas por el Papa a la Congregación para la Evangelización de los Pueblos[28],
las Obras siguen sus indicaciones y, según los diferentes niveles de
responsabilidad, desarrollan una programación y una colaboración que miran al
ministerio de la evangelización universal.
17. «Aun siendo del Papa, las Obras Misionales son también de todo el
Episcopado y de todo el Pueblo de Dios»[29].
Por eso las Obras Pontificias son y permanecen también como Obras Episcopales,
enraizadas en la vida de las Iglesias particulares[30].
Sin perjuicio de su carácter pontificio y con pleno respeto a su Estatuto, las
Obras Misionales Pontificias son promovidas por los Obispos a nivel diocesano y
nacional, y dependen legítimamente también de ellos en el ámbito de su propia
competencia.
El carácter episcopal de su servicio eclesial confiere a las Obras una razón
añadida para su servicio en beneficio de las misiones. Para cada Diócesis, en
efecto, constituyen el instrumento específico, privilegiado y principal para la
educación en el espíritu misionero universal, para la comunión y la
colaboración entre las Iglesias en el servicio al anuncio del Evangelio.
18. Históricamente, las Obras surgieron de iniciativas debidas al celo
apostólico de laicos y sacerdotes intensamente enamorados de las misiones. El
reconocimiento de su carácter pontificio y episcopal no elimina su autonomía,
sino que la acrece, la hace más fuerte y es garante de su ejercicio. La
autonomía de las Obras Misionales Pontificias reside en mantener su identidad y
su razón de ser[31].
Objetivo propio de las Obras
Misionales Pontificias
19. Entre las diversas formas de servicio a las misiones, las Obras Misionales
Pontificias han tenido siempre como objetivo principal la ayuda a la
evangelización propiamente dicha.
Sin excluir la ayuda en los ámbitos de la promoción humana y del desarrollo y
colaborando con las instituciones y asociaciones católicas de asistencia social
y sanitaria, las Obras tienen claro que «el mejor servicio al hermano es la
evangelización, que lo dispone a realizarse como hijo de Dios, lo libera de las
injusticias y lo promueve integralmente»[32].
Mediante un fondo de solidaridad (cfr art. 61), las Obras Misionales
Pontificias apoyan de modo prioritario a las Iglesias que atraviesan por
situaciones difíciles y de mayor necesidad, ayudándoles, con el respeto
debido, a hacer frente a sus fundamentales necesidades pastorales y misioneras,
con vistas a su progresiva autonomía, y para ponerlas en condiciones de
corresponder, a su vez, a las necesidades de otras Iglesias[33].
Los Fondos Universales de Solidaridad
20. La común solicitud por las necesidades misioneras de toda la Iglesia y de
cada Iglesia particular, ha hecho de las Obras Misionales Pontificias expresión
de comunión y de solidaridad universal. En su tarea de sensibilización, no es
menor su cometido de explicar a los fieles y pastores la prioridad del carácter
universal de la cooperación misionera, colaborando con los Obispos a que las
iniciativas particulares no dañen el compromiso común en apoyar la
evangelización de los pueblos.
Para ello, las primeras tres Obras —Propagación de la Fe, San Pedro
Apóstol, Santa Infancia— dan vida cada una de ellas a un propio fondo de
solidaridad, que pueda sostener los programas de asistencia universal, evitando
particularismos y discriminaciones. El más importante de éstos es el fondo
universal de solidaridad (cfr Art. 10), promovido y atendido por la Obra de la
Propagación de la Fe, que gestiona las colectas realizadas, especialmente en la
Jornada Mundial de Misiones, en beneficio de todas las iniciativas de
cooperación misionera.
Las
Obras Misionales Pontificias programan anualmente esta ayuda recíproca y
fraterna, teniendo en cuenta las necesidades de todas las Iglesias, las
prioridades emergentes, las directrices de la Congregación para la
Evangelización de los Pueblos y las eventuales indicaciones de las Conferencias
Episcopales interesadas.
Las Direcciones Nacionales concurren a la formación y el reparto de estos
Fondos en conformidad con las leyes civiles de los Países de procedencia.
Instrumentos y medios de la
cooperación misionera de las Obras Misionales Pontificias
21.
Fundamentada en la vida cristiana y eclesial, la cooperación misionera
promovida desde las Obras Misionales Pontificias no mira sólo a algunos
momentos puntuales sino a la entera vida personal y comunitaria del cristiano.
Los fieles pueden implicarse de dos modos: adhiriéndose a las propuestas
específicas de vida asociativa ofrecidas por cada una de las Obras, o
participando en las iniciativas de promoción y ayuda propias de la cooperación
misionera universal.
En todo caso, es fundamento necesario de esta cooperación misionera una
profunda e intensa tarea de animación y formación, indispensable para que
todos los fieles tengan viva conciencia de su responsabilidad ante el mundo,
fomenten en sí mismos un espíritu verdaderamente católico y dediquen sus
energías a la obra de la evangelización[34].
22. La cooperación misionera encuentra además en las Obras Misionales
Pontificias una sólida instancia organizativa, con capacidad para apoyar la
actividad personal y comunitaria con itinerarios formativos de conocimiento,
celebración y solidaridad, suscitando la profundización en caminos
vocacionales[35]
e invitando a compartir los
carismas propios de la Iglesia y de los cristianos.
Para alcanzar estos fines, las Obras Misionales Pontificias informan sobre la
vida y las necesidades de la misión universal, estimulan la recíproca oración
de las Iglesia particulares y se dedican a favorecer el mutuo intercambio de
personas y de medios materiales.
A
las diversas iniciativas que las Obras Misionales Pontificias han impulsado a lo
largo de su historia, se añaden constantemente otras laudables formas de
animación, formación y cooperación, siguiendo las inspiraciones del Espíritu
y las exigencias de las nuevas situaciones de misión[36].
II.
NORMAS
TÍTULO
I: LAS OBRAS MISIONALES
PONTIFICIAS
«Estas Obras, por ser del Papa y del Colegio Episcopal, incluso en el ámbito
de las Iglesias particulares, “deben ocupar con todo derecho el primer lugar,
pues son medios para difundir entre los católicos, desde la infancia, el
sentido verdaderamente universal y misionero, y para estimular la recogida
eficaz de subsidios en favor de todas las misiones, según las necesidades de
cada una” (AG 38)»[37]
Capítulo
1
Las
Obras Misionales Pontificias
Art.
1. Las
Obras Misionales Pontificas (OMP) son:
-
La Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe (POPF);
-
La Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol (POSPA);
-
La Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o de la Infancia Misionera (POSI);
-
La Pontificia Unión Misional (PUM).
Nacidas en diferentes épocas, por iniciativa de un propio fundador y/o
fundadora, y habiéndose desarrollado como entidades distintas y autónomas, las
cuatro Obras constituyen en la actualidad una única institución, que depende
de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos (CEP)[38].
Esto es así para que su especificidad y diferenciación resulten ventajosas
para el desarrollo de cada una de las Obras, pero a la vez para que quede
asegurada una única organización a favor de la cooperación misionera
universal, en el contexto de la actividad desempeñada por la CEP[39].
Art. 2. «A
cada una de las Obras corresponde por derecho propio una justa autonomía,
reconocida por la autoridad competente e indicada en sus Estatutos»[40].
Las OMP se articulan en estructuras organizativas de carácter central,
nacional y diocesano.
Art. 3. Desde
su mismo nacimiento, los laicos han tenido un papel importante en la actividad y
en la dirección de las OMP. De hecho la cooperación a la misión universal de
la Iglesia es un derecho-deber de todos los bautizados[41]. Todos los miembros del Pueblo de Dios, «tanto
personal como asociadamente»[42],
son por tanto llamados a participar en ella[43].
Art. 4. Las
cuatro OMP participan igualmente del fin primario y principal de promover el
espíritu de misión universal en el seno del Pueblo de Dios, de tal modo que su
testimonio misionero se exprese mediante una cooperación espiritual y material
a la obra de la evangelización.
Art. 5. Las
OMP, nacidas de particulares iniciativas carismáticas puestas en marcha por
laicos, sacerdotes y obispos, se desarrollaron con el apoyo de la Santa Sede
que, posteriormente, las transformó en organizaciones Pontificias, con el fin
de asegurarles mayor eficacia y un carácter universal[44].
Capítulo
2
Las cuatro Obras Misionales Pontificias
La Obra Misional Pontificia de la Propagación de la Fe
Art. 6. La
POPF, sabedora de que la evangelización es ante todo una acción del Espíritu
Santo, suscita en los fieles, en primer lugar, la oración y el sacrificio por
las misiones[45].
Tiene los siguientes objetivos:
a)
formar a todo el pueblo de Dios para que tome conciencia de su vocación
misionera universal[46];
b)
informar a los cristianos acerca de la vida y las necesidades de la
Iglesia en Territorios de Misión, mediante el intercambio de información, la
participación de los valores espirituales, los testimonios de solidaridad en
tiempos de prueba y el apoyo moral y material en la adversidad[47];
c)
incrementar entre las Iglesias particulares la ayuda, tanto espiritual
como material, con particular atención al intercambio de personal apostólico
para la evangelización del mundo[48];
d)
promover las vocaciones misioneras ad gentes, especialmente las
vocaciones «de por vida»[49];
e)
favorecer, especialmente en los jóvenes, la educación en la justicia a
través de la información y el conocimiento de la doctrina social de la
Iglesia, a fin de estimularles a la ayuda, y llevar a cabo una sensibilización
misionera que los lleve al ofrecimiento de sí mismos a las misiones[50]:
para ello la POPF dispone de un «servicio misionero para los jóvenes»;
f)
promover la solidaridad económica apelando a la generosidad de los
cristianos del mundo entero, con el fin de elaborar un programa de justicia
social y de asistencia para subvenir, de manera regular, a las necesidades
esenciales de toda la Iglesia en Territorios de Misión[51].
Art.
7. La
POPF despliega su actividad a lo largo de todo el año, pero con mayor
intensidad durante el mes de octubre. Éste debe ser considerado en todos los
países como el Mes Mundial de las Misiones, del que el penúltimo domingo,
denominado Jornada Mundial de las Misiones, es su momento culminante. Este día
será celebrado en todas las Iglesias particulares como la fiesta de la
catolicidad y de la solidaridad universal[52].
En este día los cristianos de todo el mundo tomarán conciencia de su común
responsabilidad en la evangelización del mundo[53].
Art. 8. Para
que el mes de octubre brinde a los cristianos la ocasión de dar una dimensión
universal a su cooperación misionera, y “para aumentar el espíritu misional
en el pueblo cristiano, foméntense las oraciones y los sacrificios diarios, de
suerte que la celebración anual de la Jornada Mundial de las Misiones venga a
ser exponente espontáneo de ese espíritu (AG 36). Se invita a los Obispos a
que pidan a los responsables de las obras católicas y a todos los fieles que
renuncien, en este período, a las colectas de carácter particular. Los Obispos
y las Conferencias Episcopales redactarán diferentes preces por las misiones
para incluirlas en la oración de los fieles en la Misa”[54]. Deberán también disponer las cosas para garantizar
que la colecta de la Jornada Mundial de las Misiones se destine exclusivamente a
los objetivos del Fondo Universal de Solidaridad (cfr Art. 10) y animar
encarecidamente a los sacerdotes y a los fieles laicos que lo cumplan en este
sentido.
Art. 9. A
fin de asegurar el pleno desarrollo de la POPF, los responsables buscarán el
apoyo de numerosos colaboradores y colaboradoras, especialmente de las
asociaciones y movimientos parroquiales o provenientes de otras organizaciones,
y les proporcionarán la necesaria formación. La POPF, como es propio de la
naturaleza de todas las OMP, apela a la colaboración de todos; sus miembros
deben ser también promotores del espíritu misionero universal en el propio
ambiente. Los responsables de la POPF, teniendo en cuenta la realidad eclesial
local, podrán valorar la oportunidad de establecerla, como en el pasado, como
una Asociación con miembros afiliados.
Art. 10. Todas
las ofrendas obtenidas por la POPF constituyen el Fondo Universal de Solidaridad
de la Obra de la Propagación de la Fe.
La Obra Misional Pontificia de San Pedro Apóstol
Art.
11. La
POSPA fue fundada con los siguientes objetivos:
a)
utilizar los recursos espirituales, especialmente la oración y el
sacrificio, para obtener del «Dueño de la mies que envíe operarios a su
mies»[55];
b)
sensibilizar al pueblo cristiano acerca de la necesidad del incremento de
las vocaciones y de la importancia de la formación del clero local en las
Iglesias de los Territorios de Misión, para poder después enviarlos a
colaborar en otras Iglesias hermanas[56];
c)
contribuir a la promoción del clero en las Iglesias de los Territorios
de Misión, sirviéndose incluso de los fondos obtenidos para la creación de
becas de estudios, ayudas para pensiones, cuotas y otras donaciones, haciendo
así viable la erección y desarrollo de numerosos seminarios mayores,
propedéuticos y menores, tanto diocesanos como interdiocesanos;
d)
ayudar en la formación de aspirantes a la vida consagrada en las
Iglesias de los Territorios de Misión.
Art.
12. Todas
las ofrendas obtenidas por la POSPA constituyen el Fondo Universal de
Solidaridad de la Obra de San Pedro Apóstol.
La Obra Misional Pontificia de la Santa Infancia o Infancia Misionera
Art.
13. La
POSI presta su servicio a las Iglesias particulares con los siguientes
objetivos:
a)
ayudar a los educadores a despertar y desarrollar progresivamente en los
niños y adolescentes una conciencia misionera universal, y conducirlos hacia
una comunión espiritual e intercambio material de sus recursos con los
coetáneos de otras Iglesias, especialmente aquellos con más necesidades. Todos
tienen algo que dar y algo que recibir y el lema para ellos es: “los niños
ayudan a los niños”[57];
b)
contribuir a la promoción y florecimiento de vocaciones misioneras;
c)
preparar animadores misioneros que acompañen a los niños en su camino
hacia una conciencia misionera más madura. Esto se realiza a través de su
directa implicación y en las formas que esa tarea adopte en los diversos
países, de modo que los niños se conviertan en los pequeños protagonistas de
las misiones. A este fin se deben establecer estructuras locales y regionales y
llevar a cabo actividades adecuadas a dicha implicación.
Art. 14. Puesto
que la POSI tiene un cometido principalmente educativo, debe tener en cuenta en
sus métodos de formación misionera y en sus llamamientos a la generosidad los
principios pedagógicos más idóneos para despertar la conciencia misionera de
los niños. La acción educativa debe adaptarse a su edad, a su mentalidad, a su
ambiente y a su capacidad. Bien sea utilizando medios propios, bien sirviéndose
de las estructuras ya existentes en la catequesis, la POSI ha de integrarse
siempre en la pastoral de conjunto para la educación cristiana, a la cual
aporta la dimensión misionera.
Art. 15. La
POSI organiza cada año una Jornada Mundial, durante la cual atrae la atención
de los niños hacia las necesidades espirituales y materiales de los más
pequeños de todo el mundo. Los niños son animados a ofrecer a los otros niños
del mundo su ayuda en forma de oración, de sacrificios, de donativos,
estimulándoles a descubrir en ellos el rostro mismo de Jesús. Al llamar su
atención sobre las necesidades de los niños pobres de bienes materiales, no se
debe dejar de poner de manifiesto la riqueza de sus valores espirituales.
Abriéndose unos a otros, los niños aprenden a conocerse y a quererse como
hermanos y de este modo se enriquecen mutuamente.
Art. 16. Puesto
que la educación de los niños debe impartirse con métodos adecuados a ellos,
es necesario que los responsables de la POSI, tanto en el ámbito nacional como
diocesano, tengan la necesaria competencia teológica y catequética.
Art. 17. La
edad de los niños y de los adolescentes a los que se dirige la POSI la
establece el Consejo Nacional, con la conformidad de la Conferencia Episcopal y
siguiendo las directrices del Consejo Superior.
Art. 18. Las
cuotas y donativos de los niños de los diversos Continentes, constituyen el
Fondo Universal de Solidaridad de la Santa Infancia para ayudar a las
instituciones y actividades en favor de los niños en Territorios de Misión.
La Pontificia Unión Misional
Art. 19. La
Iglesia es «por su propia naturaleza misionera»[58]:
el cometido de la PUM es hacer actual y operativa esta realidad, especialmente
entre las personas llamadas por vocación al servicio de la Iglesia en los
ministerios ordenados y en la consagración religiosa y laical así como entre
los misioneros laicos directamente comprometidos en la misión universal[59].
Art. 20. La
finalidad de la PUM es la formación e información misionera de los sacerdotes,
de los miembros de los Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida
apostólica, de los laicos consagrados, de los seminaristas y aspirantes a la
vida religiosa en todas sus formas, así como de todos los que de algún modo
están implicados en el ministerio pastoral de la Iglesia. La Unión se dirige a
todos los que son llamados a trabajar para que el Pueblo de Dios esté
impregnado de espíritu misionero y de fuerte sensibilidad hacia la cooperación
misionera. De la vitalidad de la PUM depende en gran parte el buen resultado de
las otras OMP: es como «el alma de las demás Obras Misionales Pontificias»[60].
Art. 21. Para
lograr la formación y sensibilización misionera, la PUM se sirve de métodos
adecuados, bien con medios propios, bien recurriendo a los seminarios menores y
mayores, a las instituciones ya existentes y a las iniciativas ya en marcha, que
tienen como finalidad la formación primaria y permanente del clero y de los
religiosos. La PUM les ayudará a tomar conciencia de su responsabilidad
respecto a la misión universal de la Iglesia. Esta es justamente su razón de
ser: que profundicen en el conocimiento de la misión y que potencien su
sensibilidad misionera de modo que, también en las comunidades que les están
encomendadas, promuevan una conciencia misionera y un compromiso eficaz en favor
de la misión universal de la Iglesia. La propia PUM les estimulará a encontrar
los métodos pastorales más en consonancia con esta finalidad y tratará de
mantener viva su labor apostólica. Para ello se favorecerán también los
intercambios fraternos y los testimonios de solidaridad entre todos los que
trabajan en el apostolado al servicio de la Iglesia en los diferentes
Continentes.
Art. 22. Es
conveniente que en el seno de cada Dirección Nacional haya un responsable de la
PUM con el cometido específico de la animación espiritual misionera. En cada
Diócesis, este cometido puede ser asumido también por el propio Director
diocesano de las OMP[61].
TÍTULO
II
GOBIERNO
Y ADMINISTRACIÓN
Capítulo 1
Art. 23. El
mandato de anunciar el Evangelio en todo el mundo pertenece a toda la Iglesia y
a sus Pastores[62].
En la Iglesia universal, esta función está encomendada principalmente al
Romano Pontífice y al Colegio Episcopal[63];
en la Iglesia particular, es deber del Obispo, moderador de todo el ministerio
de la palabra[64].
Art. 24. El
Romano Pontífice ejerce su autoridad sobre las Obras Misionales Pontificias a
través de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, a la que
compete «dirigir y coordinar, en todas partes, la propia obra misional y la
cooperación misionera, salvado, sin embargo, el derecho de las Iglesias
Orientales»[65].
Art. 25. La
Congregación, «a fin de promover la cooperación misionera, también mediante
la eficaz colecta y la distribución equitativa de ayudas económicas, se vale
especialmente de las Obras Misionales Pontificias, es decir, de las denominadas
Propagación de la Fe, San Pedro Apóstol y Santa Infancia, y también de la
Pontificia Unión Misional del Clero»[66].
Art. 26. Las
Obras Misionales Pontificias en el ámbito diocesano dependen del Obispo; en el
ámbito nacional dependen también de la Conferencia Episcopal, a tenor del
derecho; en el ámbito internacional dependen, a su vez, de los Organismos
Episcopales regionales y continentales a tenor del derecho[67].
Las OMP serán impulsadas por estas instituciones, teniendo siempre en cuenta su
carácter pontificio y universal[68].
Art. 27. La
corresponsabilidad de los Obispos en el gobierno de las OMP asume diversas
formas en función de su participación en la dirección central, nacional o
diocesana, siempre respetando este Estatuto.
Art. 28. Aunque
dependientes de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos y de los
Obispos, las OMP conservan su autonomía y se rigen por su propio Estatuto.
Gobierno
Central
Comité
Supremo
Art. 29. El
Comité Supremo de las OMP tiene la función de «velar para que cada una de las
Obras Misionales Pontificias se desarrolle regular y eficazmente en su propio
ámbito, y dirime las cuestiones que eventualmente surjan entre ellas»[69].
Art. 30. El
Comité Supremo está integrado por los siguientes miembros:
a)
el Cardenal Prefecto de la CEP, que es su Presidente;
b)
el Secretario de la CEP, que es su Vicepresidente;
c)
El Presidente de las OMP;
d)
cinco Obispos, elegidos ad quinquennium por la CEP, uno por Continente;
e)
el Secretario General de cada una de las cuatro OMP;
f)
cinco Directores nacionales de las OMP, uno por cada uno de los
Continentes, elegidos por los miembros del Consejo Superior ad quinquennium y
renovables una sola vez.
Art. 31. Las
funciones del Comité Supremo son:
a)
asegurar la unidad y la actuación concorde de las OMP y la CEP;
b)
alentar y sugerir las directrices pastorales y económicas generales, a
tenor de las necesidades concretas y de común acuerdo con el Consejo Superior;
c)
aprobar los balances de las OMP, revisados y acompañados por la
relación de un Revisor Público de Cuentas;
d)
aprobar los Reglamentos internos de las OMP;
e)
nombrar ad quinquennium, a propuesta del Presidente, un Encargado de la
Administración.
Art.
32. El
Comité Supremo se reúne una vez al año. Pero el Presidente puede convocarlo
siempre que lo estime necesario.
El Secretario del Comité, nombrado por el Presidente ad quinquennium,
desempeña la función de Actuario.
Consejo Superior
Art. 33. El
Consejo Superior gobierna la actividad de las cuatro Obras. Tiene su sede en
Roma, en la Sagrada Congregación para la Evangelización de los Pueblos. Su
Presidente es el Secretario Adjunto de la Congregación, o, en su defecto, el
Secretario de la misma.
Art. 34. El
Consejo Superior de las OMP está integrado por los siguientes miembros:
a)
el Presidente;
b)
los Secretarios Generales de las cuatro OMP;
c)
los Subsecretarios de la Sección de Relaciones con los Estados de la
Secretaría de Estado, de la Congregación para los Obispos y de la
Congregación para las Iglesias Orientales;
d)
los Directores nacionales de las OMP.
Art.
35. Corresponde
al Consejo Superior:
a)
estudiar la actividad y los métodos de animación y de recaudación de
fondos de las OMP en los diferentes países, sugiriendo nuevas iniciativas de
acuerdo con los programas pastorales de las Conferencias Episcopales: a tal fin
se organizarán específicas sesiones pastorales;
b)
decidir sobre la distribución equitativa de los fondos recogidos por las
Direcciones Nacionales, según un programa de financiación de proyectos
preparado por el Comité Ejecutivo (cfr art. 40 e);
c)
decidir las prioridades que han de observarse en la distribución de los
fondos;
d)
establecer las normas relativas a la concesión de ayudas, inspirándose
en las orientaciones generales fijadas por la CEP[70].
Un reparto equitativo —a cada uno según sus propias necesidades— y eficaz,
concebido según una pastoral misionera bien pensada, presupone una precisa
información y examen de los dictámenes presentados por las Conferencias
Episcopales interesadas y por los peritos en la materia;
e)
examinar los presupuestos y resultados de cada una de las OMP preparados
por los Secretarios Generales, y deliberar al respecto;
f)
elegir un Revisor Público de Cuentas que controle todos los balances de
las OMP y proponerlo, para aprobación, al Cardenal Prefecto de la CEP;
g)
resolver eventuales problemas de organización de las OMP;
h)
establecer, con el consentimiento del Presidente, especiales «Comisiones
ad hoc» para estudiar cuestiones concretas y presentar propuestas al Consejo
Superior;
i)
proponer al Comité Ejecutivo iniciativas útiles para alentar reuniones
de ámbito internacional y regional organizadas por los Directores Nacionales o
por los Secretarios Generales, previa comunicación al Presidente y a las
Conferencias Episcopales interesadas (Cf Art. 49);
j)
fijar las fechas y duración de la Asamblea General de mayo y, si es
necesario, también de la Asamblea Especial de noviembre, señalando los temas a
tratar;
k)
encargarse de la elaboración y puesta al día de un propio Reglamento
Interno (cfr arts 35 y 31 d);
l)
preparar y poner al día un Manual operativo;
m)
establecer el importe económico que los Secretarios Generales pueden
detraer del presupuesto de la propia Obra Misional Pontificia para atender
solicitudes de ayuda en caso de emergencias particulares. Estos fondos deberán
ser distribuidos según proyectos bien definidos y se incorporarán a la
contabilidad del ejercicio siguiente.
Art.
36. La
fisonomía universal y comunitaria del Consejo Superior se pone de relieve a
través del Presidente, que representa a la CEP, y de los Directores Nacionales,
que provienen de la Iglesia en sus respectivos Países, pero cuya principal
preocupación debe ser el bien común de la misión universal. Deben, ante todo,
considerarse como trabajadores de un servicio en favor de la comunión entre las
Iglesias.
Asambleas
Art. 37. El
Consejo Superior se reúne en Asamblea General Ordinaria una vez al año,
normalmente en el mes de mayo. La Asamblea es convocada, presidida y moderada
por el Presidente de las OMP. Todos los miembros del Consejo Superior tienen la
obligación de participar en la Asamblea General Ordinaria. La Asamblea se
desarrolla en dos partes, una pastoral y otra administrativa. La primera se
dedica principalmente al estudio de los temas de misionología, pastorales y
organizativos indicados y aprobados en la anterior Asamblea General. La segunda
se dedica a la valoración de las propuestas de los Secretarios Generales para
la asignación de ayudas.
En la primera parte pueden estar presentes peritos. La participación en la
segunda está reservada a los miembros del Consejo Superior. Sólo cuando se
trate de la actividad del Secretariado General de una Obra concreta, pueden
estar también presentes, en calidad de expertos, quienes hayan estudiado y
presentado los proyectos que vayan a examinarse.
El Cardenal Prefecto de la CEP tiene la facultad de nombrar a algunas personas
que pueden participar también en la segunda parte de la Asamblea.
Art. 38. El
Presidente de las OMP tiene la facultad de convocar, cuando lo estime necesario
y de acuerdo con el Presidente del Comité Supremo, una Asamblea Especial en
noviembre. La fecha y la duración de esta Asamblea Especial serán decididas
por la Asamblea General Ordinaria, a propuesta de su Presidente y oídos los
Secretarios Generales. La Asamblea Especial es dirigida por el Presidente de las
OMP y participan en ella los cuatro Secretarios junto con los representantes de
los Directores Nacionales, elegidos por los miembros del Consejo Superior según
una cuota por Continente establecida por el mismo Consejo Superior.
Art.
39. El
Cardenal Prefecto de la CEP puede estar presente, si lo desea, en los trabajos
de las dos Asambleas, en la forma y modo que considere oportuno.
Comité
Ejecutivo
Art. 40. Dentro
del Consejo Superior se constituye un Comité Ejecutivo, presidido por el
Presidente de las OMP e integrado por los cuatro Secretarios Generales. Se
reúne al menos una vez cada dos meses, actúa a tenor de un Reglamento interno
propio y tiene los siguientes cometidos:
a)
asegurar la ejecución de las directrices generales dadas por el Comité
Supremo y por el Consejo Superior;
b)
organizar todas las Asambleas de las OMP y otras iniciativas análogas;
c)
procurar que las Direcciones Nacionales de las OMP sean organizadas de
modo funcional, según el espíritu y normas del Estatuto;
d)
estudiar y dar respuesta a las peticiones urgentes de ayuda, dentro de
los límites establecidos por el Consejo Superior;
e)
coordinar la preparación de las propuestas para la distribución de las
ayudas anuales;
f)
valorar con el Encargado de la Administración los problemas de gestión
económica general y de las cuatro Obras en particular.
El Encargado está al
servicio del Comité Ejecutivo al cual debe rendir cuentas de su propia
actividad y con el cual ha de examinar todos los problemas que se refieren a la
administración y a la dirección del personal de las OMP.
Presidente
de las OMP
Art. 41. El
Presidente de las OMP es el Secretario Adjunto de la Congregación para la
Evangelización de los Pueblos, o, en su defecto, el Secretario de dicha
Congregación. El Presidente es nombrado por el Romano Pontífice.
Art.
42. Corresponde
al Presidente:
a)
representar a las OMP ante la CEP;
b)
presidir las Asambleas de las OMP;
c)
coordinar los trabajos de los cuatro Secretarios Generales;
d)
representar a las OMP en Asambleas o encuentros oficiales;
e)
ayudar a las Direcciones Nacionales, incluso visitándolas;
f)
cuidar el buen funcionamiento y la ordenada y transparente gestión
económica de los cuatro Secretariados Generales.
Secretarios
Generales
Art. 43. Cada
Obra tiene su propio Secretariado Internacional, dirigido por un Secretario
General nombrado ad quinquennium por la CEP, previa consulta con los miembros
del Consejo Superior. Su mandato es ordinariamente renovable sólo por otro
quinquenio.
Art.
44. El
Secretario General tiene las siguientes funciones:
a)
cuidar del buen funcionamiento del Secretariado;
b)
colaborar con los otros Secretarios Generales siguiendo las instrucciones
del Presidente;
c)
presentar cada año las propuestas de ayuda, tanto ordinarias como
extraordinarias, para los diversos proyectos que se han de someter al Consejo
Superior para su aprobación;
d)
preparar anualmente para el Consejo Superior una relación general de las
actividades del propio Secretariado, junto con un informe detallado de los
fondos recibidos y de las ayudas asignadas.
Art.
45. Todas
las estructuras de las OMP deben tener su propio Reglamento Interno aprobado por
la autoridad competente según la legislación canónica vigente y este
Estatuto.
Capítulo
2
Reuniones regionales y continentales
Art. 46. El
carácter episcopal de las OMP exige una honda convergencia y una estrecha
colaboración con las Diócesis y las Conferencias Episcopales de los diversos
países[71].
La Iglesia reconoce también la validez y la utilidad de las reuniones de las
Conferencias Episcopales y sus asambleas tanto a nivel regional como continental[72]. Por ello las OMP no sólo se esfuerzan «para dar
respuestas satisfactorias a una realidad misionera que cambia constantemente y
requiere nuevas formas de intervención»[73],
sino que coordinan sus propias actuaciones de animación y cooperación
misionera en el contexto más amplio de los nuevos organismos supra-nacionales,
como pueden ser las asambleas de Conferencias Episcopales de ámbito regional
como continental[74]. De hecho, «El Concilio Vaticano II ha querido
renovar la vida y la actividad de la Iglesia según las necesidades del mundo
contemporáneo»[75],
y a estas necesidades se han adecuado también los diversos Sínodos de Obispos
ordinarios y de ámbito continental.
Art. 47. En
el nuevo contexto mundial, la comunión entre las Iglesias «se vive en una
perspectiva de reciprocidad y, concretamente, con un espíritu misionero
específico. A nadie se ha de impedir realizar este intercambio de caridad
eclesial y dinamismo misionero. De hecho, su realización es una característica
esencial de la comunión eclesial, pues debe implicar a todos y llegar a cada
hombre en su ámbito de vida. Hoy también se debe poder decir de las
comunidades cristianas, comprometidas en la misión universal, que actúan con
“un solo corazón y una sola alma” (Hech 4,32)»[76].
Art. 48. El
Consejo Superior favorecerá, por tanto, los contactos y la colaboración entre
las Direcciones Nacionales. Algún tipo de encuentros internacionales, tanto de
ámbito regional como continental, depararán a los responsables nacionales la
ocasión para el intercambio de opiniones, de informaciones y de experiencias.
Esto constituirá una fuente de enriquecimiento para todos y permitirá a cada
uno revisar y renovar, si fuese necesario, sus puntos de vista, sus programas y
sus métodos de trabajo.
Art. 49. Las
reuniones regionales o continentales de las OMP pueden ser organizadas por los
Directores Nacionales interesados y también por el Secretario General de cada
Obra, previa comunicación al Presidente de las OMP y al Prefecto de la CEP.
Estas reuniones deberán ser notificadas también a las Conferencias Episcopales
de la región o del continente en el que se llevan a cabo. Uno de los Directores
Nacionales puede ser elegido como Coordinador continental o regional para un
periodo de tres años, con el cometido de programar la actividad supra-nacional
de las OMP.
Capítulo
3
Direcciones
Nacionales y Diocesanas
Art. 50. Por
su naturaleza y su importancia, las OMP deben estar presentes y operativas en
cada Iglesia particular, tanto antigua como nueva. De este modo, el compromiso
con la cooperación misionera incrementará su conciencia misionera en la
Iglesia[77].
Art. 51. De
ordinario, en cada nación habrá un solo Director Nacional para las cuatro OMP,
si existen, o para los cuatro cometidos que en ellas se proponen. En algunos
casos a un mismo Director se le pueden encomendar varias naciones. El Director
Nacional es el representante oficial de las OMP ante la Conferencia Episcopal
del territorio[78].
Art. 52. «El
nombramiento del Director Nacional corresponde a la Congregación para la
Evangelización de los Pueblos, previa presentación, preferiblemente, de una
terna de candidatos por parte de la Conferencia Episcopal, a través de la
Representación Pontificia»[79].
El Director nacional es elegido ad quinquennium. Su mandato es renovable
normalmente sólo por un segundo quinquenio. El nuevo Director Nacional debe ser
nombrado, en cuanto sea posible, tres meses antes del vencimiento del mandato
del anterior Director Nacional.
Art. 53. Atendiendo
a las normas de la Sede Apostólica, como también a las directrices
particulares dadas por la Conferencia Episcopal[80],
corresponden al Director Nacional los siguientes cometidos:
a)
representar a las OMP ante las autoridades tanto religiosas como civiles
de la Nación;
b)
promover y dirigir las OMP en la Nación, y coordinar su funcionamiento
en cada una de las Diócesis, de acuerdo con la Conferencia Episcopal y conforme
al espíritu de este Estatuto;
c)
presidir de ordinario el Consejo Nacional de las OMP;
d)
estimular en el seno del Consejo Nacional la reflexión común y promover
actividades de animación, sugiriendo iniciativas a tener en cuenta y
orientaciones generales, y coordinando las diversas actividades[81];
e)
presentar anualmente una relación pastoral y un informe económico de
cada una de las OMP al Consejo Nacional y a la Conferencia Episcopal —a
través de la Comisión Episcopal de Misiones—, a la CEP, al Presidente de las
OMP y a los Secretariados Generales. El informe económico debe ser normalmente
examinado y firmado por un Revisor Público de Cuentas.
Art.
54. El
Consejo Nacional de las OMP está compuesto por:
a)
el Director Nacional;
b)
los Secretarios Nacionales de cada una de las Obras;
c)
los Directores Diocesanos, o bien algunos Delegados de los Directores
Diocesanos cuando el número de éstos sea elevado.
El
Consejo Nacional puede formarse también de modo diverso, siempre que estén
representados en él, de modo equilibrado, los miembros de los organismos
nacionales eclesiásticos y los Delegados Diocesanos[82].
Art.
55. Corresponde
al Consejo Nacional:
a)
colaborar estrechamente con el Consejo Nacional de Misiones constituido
por la Conferencia Episcopal y dirigido por el Presidente de la Comisión
Episcopal de Misiones[83];
b)
determinar los temas y estudiar la estrategia de la campaña misionera
anual y el programa de actividades de las OMP, tanto para la animación como
para la organización de las colectas;
c)
recibir y examinar el balance financiero anual presentado por el
organismo competente, con los gastos de animación y administración efectuados
por la Dirección Nacional y por las Direcciones Diocesanas, según el
presupuesto previo establecido.
Art.
56. En
cada País, las OMP deben respetar las leyes civiles vigentes, tanto en lo que
concierne a su status jurídico dentro del ordenamiento del país, como en el
desarrollo de su actividad. La Dirección Nacional, a través del Consejo de
Administración o de otro ente de gobierno, cuidará que las OMP sean
reconocidas como «Asociaciones sin afán de lucro» o como «Fundaciones».
Art. 57. El
Consejo Nacional, de acuerdo con la Conferencia Episcopal y previo informe del
Consejo Superior de las OMP, deberá elaborar un Estatuto o Reglamento Interno
para la organización del propio trabajo y para la actividad específica de cada
una de las Obras, en conformidad con este Estatuto. Deberá ser examinado y
aprobado por el Comité Supremo (cf. Arts 45; 31 d).
Art. 58. Dado
el carácter episcopal de las OMP y su servicio eclesial, el Consejo Nacional
debe actuar de modo que sus actividades se integren en el conjunto de la
pastoral misionera diocesana y nacional, a fin de asegurar la unidad y el
desarrollo armónico. Aun conservando su propia identidad, las OMP no deben
actuar al margen de la vida pastoral de las Diócesis y crear estructuras
paralelas. Deben observar las orientaciones generales dadas por la Comisión
Episcopal de Misiones[84].
Donde exista el Consejo Nacional de Misiones, las OMP estarán representadas en
él en atención a su finalidad y al hecho de que en la tarea de animación
misionera «el cometido primario corresponde a las Obras Misionales
Pontificias»[85].
Art. 59. Corresponde
al Presidente de la Comisión Episcopal de Misiones o a la persona delegada por
la Conferencia Episcopal para esta materia, promover y patrocinar las OMP: «Se
debe reconocer y asegurar realmente a las OMP la función de instrumento oficial
de la Iglesia Universal que les compete por constitución en el país y en las
diócesis»[86].
«Es conveniente que se invite al Presidente de la Comisión Episcopal a los
encuentros nacionales anuales de las OMP, de modo que pueda seguir de cerca sus
actividades, tanto en las fases de programación como en las de revisión»[87].
Por otra parte es deseable que «el Director Nacional sea hecho partícipe de
las deliberaciones y de las iniciativas misioneras de la Comisión Episcopal. De
este modo podrá desarrollar con más facilidad su tarea en unidad de espíritu
y de propósitos con las directrices y las opciones operativas de los Pastores y
de la Iglesia local. Conviene que el Director Nacional se asocie a la Comisión
Episcopal del modo más eficaz posible»[88].
«Una forma concreta consiste en nombrar al Director Nacional como secretario
de la Comisión Episcopal de Misiones»[89]
Art. 60. En
cada Diócesis, el Obispo, preferiblemente después de haber oído al Director
Nacional, nombrará un Director Diocesano de las OMP que, si es posible, sea
único para las cuatro OMP. Es conveniente que sea nombrado por un período de
cinco años; su mandato es renovable. Es también deseable que el Director
Diocesano sea a la vez el Delegado Episcopal de Misiones[90].
En el caso de que el Ordinario nombrase un Delegado episcopal distinto, éste ha
de ofrecer el más amplio apoyo al Director Diocesano en el desarrollo de su
cometido[91]. Conviene que el Director Diocesano sea también
miembro del Consejo Pastoral Diocesano y, asistido por sus colaboradores, él
está al servicio del Obispo para ayudarle a dar una dimensión misionera
universal a la pastoral diocesana[92].
Capítulo
4
Las ofrendas de los fieles a las OMP
Art. 61. Todas
las ofrendas recogidas por las OMP en todas las parroquias y Diócesis de todos
los Ritos en el mundo, constituyen un Fondo de Solidaridad para dar vida a un
programa de ayuda universal. Su finalidad es la ayuda económica a las Iglesias
en Territorio de Misión en sus esfuerzos de evangelización, de desarrollo
eclesial y social así como también de educación y asistencia. Ello es signo
de la unidad de fe, de amor y de justicia que une en el mundo a todos los
miembros de la Iglesia y a todas las Iglesias particulares en la comunión de la
Iglesia universal, dado que a ello contribuyen todos los fieles de todas las
Iglesias en todos los rincones del mundo.
Art. 62. Las
ofrendas de los fieles recogidas por las OMP en las Diócesis para la misión
universal deben ser íntegra y puntualmente transmitidas a la Dirección
Nacional. Estas ofrendas, recogidas para la misión ad gentes en la Jornada
Mundial de las Misiones «en todas las diócesis, parroquias e institutos del
orbe católico»[93],
o en otras ocasiones especiales, no pueden ser destinadas a otros fines diversos[94].
Art. 63. La
distribución de las ofrendas recogidas por las OMP es prerrogativa exclusiva de
los Secretariados Generales. Es función suya, con la colaboración de los
Directores Nacionales, poner todas las ayudas recibidas durante el año a
disposición de los responsables de los proyectos aprobados por el Consejo
Superior. Sólo un porcentaje de las ofrendas recogidas puede ser retenido por
las Direcciones Nacionales para la actividad de animación y administración.
Dicho porcentaje, determinado por el Consejo Superior, se entiende también
destinado a hacer frente a las eventuales carencias de los fondos necesarios
para la actividad de las Direcciones Nacionales de los Países más
desfavorecidos.
En
los informes económicos anuales, los gastos destinados a la animación
misionera deben registrarse separadamente de los destinados a la
administración.
Art. 64. «Las
ofrendas hechas por los fieles para un fin determinado sólo pueden destinarse a
ese fin»[95].
Todos aquellos que reciban fondos de las OMP, deben usarlos exclusiva y
totalmente para el proyecto específico para el cual han sido destinados y
presentar después un informe a los Secretariados Generales que los han
asignado.
Este ESTATUTO, debidamente puesto al día siguiendo las disposiciones dadas por
el Papa Juan Pablo II el 26 de junio de 1980, y que a tenor de dichas
disposiciones, puede ser ulteriormente puesto al día cada cinco años, fue
ratificado y rubricado por el Eminentísimo Cardenal Crescenzio SEPE, PREFECTO
Congregación para la Evangelización de los Pueblos Lyon, 6 de mayo de 2005
[1]
CONCILIO ECUMÉNICO
VATICANO
II, Decr. Ad
Gentes, 2.